Los diputados suavizan una ley contra corruptos y crimen organizado

En una jornada especial del pleno legislativo, en un día martes, sin debates de por medio, los partidos políticos demostraron su poder para torcer normativas creadas para combatir el delito y dieron blindaje a algunos sospechosos para que no se les decomisen sus bienes obtenidos por actos ilícitos. Incluso, entre quienes votaron, hay diputados con motivaciones personales para aprobar las reformas a la Ley de Extinción de Dominio. La protección para señalados por corrupción es tan evidente que una de las enmiendas exime a los funcionarios públicos de procesos de extinción de dominio hasta que no sean vencidos en juicios de enriquecimiento ilícito. Fue una rápida plenaria donde también se demostró el matrimonio entre el Fmln y legisladores bisagras de Gana y PCN para favorecer al Gobierno en su crisis financiera, a costa del dinero que aportan los cotizantes de las pensiones. 

Foto FACTUM/Archivo


La Ley de Extinción de Dominio se creó y se aprobó por la Asamblea Legislativa en junio de 2014. Fueron 82 los votos de 84 diputados que la avalaron. Hubo aplausos de parlamentarios para sí mismos luego de su aprobación en sesión plenaria. El congreso se acababa de anotar puntos a favor en la lucha contra el crimen organizado y la corrupción: la ley daba facultad a las autoridades fiscales y a los jueces para ordenar la incautación de bienes muebles e inmuebles a sospechosos de otros delitos que no pudieran sustentar el origen de sus pertenencias. Tres años después, y luego de que la ley terminó tocando a los mismos políticos y a algunos de sus contactos influyentes, los legisladores del Fmln, Gana, PCN y una diputada de Arena decidieron hacer cambios.

En una tarde de sesión plenaria que tuvo una agenda inicial completamente en blanco, 44 votos fueron suficientes para aprobar un pliego de 16 reformas a la Ley Especial de Extinción de Dominio y de la Administración de los Bienes de Origen o Destinación Ilícita. Una de las reformas más relevantes es sobre el plazo que tienen las autoridades para aplicar la ley: para pandillas y otras organizaciones criminales, incluidas las de tráfico de droga, la prescripción será hasta los treinta años después de haber obtenido los bienes ilícitos. Sin embargo, para otras personas procesadas por otros delitos, como políticos por delitos relacionados a la corrupción, por ejemplo, el plazo será de diez años.

Así fue la votación para reformar la Ley de Extinción de Dominio. Los votos fueron de la bancada del Fmln, Gana (salvo un diputado), dos diputados del Pcn y una diputada de Arena. Foto FACTUM/Cortesía Asamblea Legislativa.

La ley se creó bajo parámetros de varias convenciones internacionales que ha suscrito el Estado salvadoreño, como la Convención de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas; la Convención de la ONU contra la Delincuencia Organizada Transnacional; y la Convención de la ONU contra la Corrupción. Pero a los diputados les importaron poco ayer estos estos fundamentos, porque aún así avalaron otra reforma por la que ningún funcionario público podrá ser sometido a un proceso de extinción de dominio “hasta que se agote el proceso previsto en la Ley de Enriquecimiento Ilícito de los Funcionarios y Empleados Públicos y se emita sentencia definitiva condenatoria por la Cámara de lo Civil respectiva”. Esto quiere decir que la extinción de dominio podrá aplicarse contra funcionarios públicos solamente si han sido vencidos en juicio civil por enriquecimiento ilícito. Fuera de eso, los funcionarios salvadoreños están exentos de la ley, a menos que sean acusados por delitos de la ley penal.  

Con las reformas, ahora el imputado podrá tener acceso a su caso desde la fase inicial de investigación por parte de la Fiscalía General de la República (FGR) y ya no desde que la FGR presente la solicitud de extinción de dominio ante el juez. Incluso, otra reforma amarra a los jueces de Extinción de Dominio a tener que aplicar principios de “necesidad, idoneidad y proporcionalidad” a la hora de decretar o ratificar medidas cautelares sobre bienes de procedencia ilícita.

Los 44 votos legislativos alcanzaron para crear una nueva figura legal de “archivo provisional”. En la ley actual, el fiscal envía al archivo los casos que todavía no puede sustentar hasta tener más indicios y evidencias. En estos casos, el fiscal puede sacar del archivo los expedientes y continuar con el proceso investigativo hasta reconstruir la procedencia ilícita de los bienes. Además, el archivo no es una “cosa juzgada”, es decir que enviar al archivo no equivale a declarar que los bienes no son ilícitos. Sin embargo, con la reforma del archivo provisional, los fiscales ahora estarán dentro de una carrera contrarreloj, porque al no tener suficientes pruebas tendrán que enviar al archivo provisional las investigaciones, pero tendrán solo doce meses para encontrar indicios y pruebas para sustentar sus casos. De no actuar en el plazo legislado, las investigaciones pasarán al archivo y, según la nueva reforma, ahora sí serán cosa juzgada. Es decir, los bienes, aunque fueran ilícitos, quedarán protegidos a favor de los sospechosos.

Pero la magnitud de estas reformas no fue suficiente para que diputados del partido Arena, que se habían mostrado titubeantes, al menos intentaran debatir el pleno. De hecho, estas reformas no fueron discutidas en el Salón Azul del congreso por ninguno de los diputados presentes. Por eso tampoco se debatió otra reforma que les da potestad a los jueces de Extinción de Dominio, durante las audiencias preparatorias (intermedias, antes de las audiencias de sentencia), cesar con las medidas cautelares de incautación de los bienes. Incluso, en estas audiencias, si se presenta un tercero al que se le han confiscado sus bienes y pide que sean suspendidas las medidas cautelares, tendrá que ser atendido.

En la actualidad, tanto la parte acusadora como el acusado deben aportar evidencias para sus causas. En el caso de la FGR, pruebas que corroboran la procedencia o destino ilícito de los bienes a incautar y en el caso del acusado, evidencias que demuestren la licitud de sus bienes. Las nuevas reformas dejan toda la carga probatoria a la FGR, pese a que una de las principales fortalezas de esta ley, lo dijeron los diputados en su momento, es que bastaba con que los sospechosos no pudieran comprobar la obtención o destino legal de los bienes en su posesión. Ahora, 44 diputados les dieron la facilidad de no sustentar nada ante un juez.

Pero también ahora los sospechosos de posesión de bienes de origen o destino ilícito tienen más recursos legales gracias a las reformas aprobadas este 18 de julio. Por ejemplo, ya no basta con que la decisión del juez sea ratificada o revocada por una cámara de Extinción de Dominio. Ahora, los acusados podrán recurrir a la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia para que revise sus casos.

Las causas de nulidad de los procesos de la extinción de dominio son tres: falta de competencia, violación al debido proceso y falta o defectos en la notificación o emplazamiento. Ayer, 44 diputados estuvieron de acuerdo en incluir una causal más de nulidad: “inobservancia de derechos y garantías fundamentales reconocidas en la Constitución, en el derecho internacional vigente y demás leyes”. Y mientras que actualmente las peticiones de nulidad solo pueden hacerse en las dos últimas etapas de los procesos: etapa preparatoria y etapa de sentencia, otra reforma les da la oportunidad a los acusados de pedir la nulidad de sus casos en cualquier etapa del proceso de extinción de dominio.

Lea el decreto que contiene las reformas que fueron aprobadas el 18 de julio a la Ley de Extinción de Dominio.

Por último, los bienes a los que acceda el Consejo Nacional de Administración de Bienes (Conab) solo podrá administrarlos, en calidad de medida cautelar, siempre y cuando haya “justificación suficiente” para intervenirlos. Y, en todo caso, los “bienes muebles de uso personal o bienes que generen ingresos para la manutención familiar, el menaje de la casa, la vivienda familiar o bienes inmuebles sujetos al régimen de familia” van a ser entregados al acusado durante el proceso y solo pasarán al Estado cuando haya sentencia favorable a la extinción de dominio en firme.

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“Un adefesio”. Así calificó el diputado de Arena Juan Valiente las reformas a la Ley de Extinción de Dominio. Él y los diputados John Wright, Mauricio Vargas y Rodolfo Parker (este último del PDC) en un principio se abstuvieron de votar por las reformas. Pero al tener conocimiento de ellas en la sesión plenaria, solo después de la votación, decidieron solicitar que sus votos pasasen de la abstención a estar en contra.

La decisión de los 44 legisladores se distribuyó así: 31 diputados del Fmln, 10 de Gana (salvo Francis Zablah), dos del PCN (Reynaldo Cardoza y Francisco Merino) y la diputada Carolina Rodríguez, de Arena. Reynaldo Cardoza, del PCN, es uno de los principales afectados por leyes como la de extinción dominio. Este diputado recién estuvo sometido a un proceso por enriquecimiento ilícito bajo la jurisdicción civil, pero actualmente enfrenta un proceso de extinción de dominio bajo una ley que él votó ayer por cambiar para el beneficio de sospechosos por corrupción.

En el caso del PCN, no es la primera ocasión que la línea de su partido político les permite votar de forma independiente a sus diputados. Eso explica que ni los diputados Mario Ponce, Antonio Almendáriz, Cristina López y Serafín Orantes acompañaran a Cardoza y a Merino en una decisión en que ellos, a su vez, estaban acompañando al Fmln y a Gana.

En el caso de Cardoza, este diputado votó a favor de unas reformas que podrían ayudarlo en su proceso, precisamente porque el legislador pecenista resultó absuelto de un juicio civil de enriquecimiento ilícito y ahora enfrenta un proceso de extinción de dominio. Con la reforma, Cardoza no debería ser sometido a extinción de dominio si no fue declarado responsable de enriquecimiento ilícito. Este salvoconducto puede ser utilizado por cualquiera de los funcionarios que son investigados por la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia y sobre quienes podrían abrirse juicios por enriquecimiento ilícito. Con las reformas, al menos estos funcionarios mantendrían sus bienes a salvo, sean o no de origen o con destino ilícito.

Mientras tanto, la diputada arenera Carolina Rodríguez, que con su voto sumó a la mayoría simple para acordar estas reformas, fue criticada con dureza por autoridades de su bancada legislativa. La subcoordinadora del grupo parlamentario de Arena, Milena de Escalón, comentó que Rodríguez tendrá que responder ahora por lo que calificó como un error.

“Esta señora Carolina no estuvo presente en la reunión de fracción y ahora ha votado con respecto a esto y creemos que hay algún interés muy personal, pero son cuestiones totalmente de ella. Nosotros somos respetuosos de la libertad del individuo y en ese sentido será ella la que tendrá que asumir la responsabilidad de este error cometido”, dijo De Escalón.

De hecho, el interés personal de la diputada Rodríguez al que se refirió la diputada De Escalón es la relación matrimonial de Rodríguez: ella está casada con Narciso “Chicho” Ramírez, alcalde de San Francisco Menéndez, en Ahuachapán, quien en el pasado ha enfrentado un juicio por tráfico ilícito de personas y otro por homicidio. De los dos juicios resultó absuelto. Pero también Ramírez cometió transfuguismo político luego de haber sido elegido en 2015 como alcalde con el partido Arena y haber decidido pasarse al partido Gana, uno de los que votó ayer por las reformas a la Ley de Extinción de Dominio. La diputada Rodríguez anunció días atrás que ya no quiere buscar una reelección como diputada con Arena y lo adujo a “divisiones” dentro del partido de derecha.

Conozca qué partidos y diputados fueron los que votaron a favor de las reformas a la Ley de Extinción de Dominio.

Funcionarios diplomáticos en El Salvador ya habían abogado desde días atrás para que los diputados no hicieran las reformas. Ayer, uno de ellos, Bernhard Garside, embajador del Reino Unido en El Salvador, comentó en su cuenta de Twitter: “Principio universal: todos debemos ser iguales ante la ley, pandilleros, cuello blanco y empleado público”, en referencia a que con las reformas ahora habrá una mano más blanda para los políticos y funcionarios públicos ligados a corrupción.

Y aunque los diputados del partido Arena no votaron, no se libraron de algunas menciones de sus colegas de otros partidos, como fue el caso del coordinador del grupo parlamentario de Gana, José Guadalupe Vásquez, quien además de admitir que las reformas son un blindaje, le reclamó a Arena que las enmiendas a la Ley de Extinción de Dominio también van a “blindar” a sus funcionarios que en la actualidad están siendo investigados por corrupción. “No seamos hipócritas”, fue la invitación de Vásquez a los legisladores areneros.

El gobierno podrá prestar más dinero de pensiones

Conozca algunas de las propuestas para intentar solucionar el actual problema de pensiones.

Las reformas a la Ley de Extinción de Dominio no fue lo único relevante que se aprobó el 18 de julio en la Asamblea Legislativa. La Ley del Sistema de Ahorro de Pensiones también sufrió modificaciones aprobadas por 43 diputados -esta vez sin el voto de la diputada arenera-. En un proyecto de reforma de apenas dos artículos, incluido el de la vigencia, se determinó que el Órgano Ejecutivo ahora podrá “invertir” hasta en un 50% en los Certificados de Inversión Previsional (CIP), que contienen dineros de los fondos de pensiones.

Hasta la fecha, el gobierno tenía acceso para la “inversión” (en realidad es dinero que se toma prestado) en los CIP hasta un 45% del total de los fondos de pensiones disponibles y que son manejados por las Administradoras de Fondos de Pensiones. Con esta reforma, según el gobierno, ahora va a tener un mayor margen para poder cubrir sus propias obligaciones que tienen con el sistema previsional. Sin embargo, las críticas, que provinieron de Arena, partido que cuando fue gobierno aprobó el actual sistema de pensiones, se refieren que estos dineros no necesariamente serían utilizados para lo que se aprobaron, sino para ayudar a solventar otros vacíos financieros del gobierno.

Esta reforma fue aprobada por diputados del Fmln, Gana y PCN. Con estas decisiones legislativas de ayer, el gobierno se agenció más acceso a dineros y los sometidos a la Ley de Extinción de Dominio -los actuales y los que estén por venir, en especial los señalados por corrupción- se beneficiaron con enmiendas que los blindan.

Estos fueron los partidos y diputados que aprobaron la modificación a la Ley del Sistema de Ahorro de Pensiones.

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